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Artículo 56 de la LEY DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que el gobierno va a gastar en un año debe seguir los planes generales que ya tiene establecidos, así como lo que dicte el programa de gobierno. También debe tomar en cuenta los resultados de las revisiones que hagan el Consejo de Evaluación y la Secretaría de Administración y Finanzas. Todo esto sirve para justificar por qué y cómo se va a gastar el presupuesto. En pocas palabras, no pueden gastar a lo loco, sino basándose en planes y evaluaciones previas.

Texto oficial

Artículo 56.- El Proyecto de Presupuesto de Egresos para cada ejercicio fiscal será orientado por el Plan General, el Programa General y el Programa de Gobierno, así como los resultados de las evaluaciones realizadas por el Consejo de Evaluación y la Secretaría de Administración y Finanzas, que serán instrumentos esenciales para fundamentar y motivar el proceso de programación y presupuestación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.