Artículo 65 de la LEY DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno hace planes para la ciudad (como decidir dónde construir parques o cómo organizar el transporte), tú y todos los ciudadanos tienen derecho a participar en todo el proceso: desde proponer ideas, hasta revisar cómo se están aplicando. Esas opiniones y propuestas que des la no se quedan solo en sugerencias; las autoridades tienen la obligación de tomarlas en cuenta e incluirlas en los planes finales. Además, todas las pláticas y documentos que se generen con tu participación se deben juntar en un archivo público que cualquier persona puede consultar. Esto aplica para participar de manera individual o en grupo, y se hace siguiendo las reglas de la Constitución y la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 65.- En el proceso integral de planeación se garantizará la participación ciudadana en la formulación, actualización y modificación, ejecución y seguimiento y evaluación de los instrumentos de planeación a que se refiere esta Ley, de conformidad con los mecanismos de participación social y corresponsabilidad ciudadana previstos por la Constitución, la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México y demás ordenamientos legales aplicables. Las actividades mediante las cuales toda persona ejerce el derecho individual o colectivo para deliberar, discutir y cooperar con las autoridades en el proceso integral de planeación del desarrollo, así como los documentos generados en este proceso, deberán incorporarse en un Anexo de Mecanismos de Participación que será público y abierto a la ciudadanía. Las opiniones y propuestas ciudadanas serán vinculantes, las autoridades estarán obligadas a incluirlas en los instrumentos de planeación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.