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Artículo 11 del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión se encarga de revisar quejas sobre acciones o falta de acciones por parte de cualquier autoridad o persona que trabaje en el gobierno, cuando esas acciones puedan violar tus derechos humanos. Esto aplica solo para asuntos administrativos, no para otros tipos de problemas como los penales. Las reglas para esto están basadas en lo que dice la Constitución y la Ley de la materia. Básicamente, si un funcionario público hace algo mal o deja de hacer algo que debía hacer y eso te afecta, la Comisión puede investigarlo.

Texto oficial

ARTÍCULO 11. La Comisión conocerá de actos u omisiones de naturaleza administrativa que constituyan presuntas violaciones a derechos humanos, provenientes de cualquier autoridad o servidor (a) público (a) en los términos que establecen los artículos 102, apartado B, de la Constitución, y 3 de la Ley de la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.