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Artículo 111 del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando tú eres la persona que presentó una queja, la autoridad debe darte a conocer su respuesta para que puedas decir lo que te parezca. Tienes hasta 15 días naturales (contando sábados y domingos) desde que te enteras de la información para responder. La única excepción es si la información es confidencial o restringida, porque entonces se maneja según la Ley de Transparencia y solo si no afecta derechos de otras personas. Dependiendo del caso, te pueden avisar por escrito, en persona, por teléfono o por algún medio electrónico, y esto queda registrado en un acta. Si no diste una dirección en la Ciudad de México, tu dirección es falsa, no se encuentra o no te pueden localizar, la notificación se publica en los estrados de la Comisión (el lugar oficial donde se ponen avisos públicos).

Texto oficial

ARTÍCULO 111.- Invariablemente se hará del conocimiento de la parte quejosa la respuesta de la autoridad para que manifieste lo que a su derecho convenga, en un plazo que no exceda de 15 días naturales contados a partir de que se tenga conocimiento de la información respectiva. A excepción de la información de acceso restringido, la cual se manejará en términos de la Ley de Transparencia y siempre y cuando no afecte a derechos de terceros. Según la naturaleza del asunto, la vista del informe podrá ser por escrito, mediante comparecencia, vía telefónica o por cualquier medio electrónico, haciendo constar este hecho en el acta circunstanciada correspondiente. En caso de que la parte quejosa no haya señalado domicilio en el Distrito Federal, el domicilio señalado sea inexistente, inexacto o inaccesible para la notificación por escrito o no haya sido posible su localización, la notificación podrá surtir sus efectos en los estrados de esta Comisión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.