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Ley
REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
115

Artículo 115 del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión puede pedir ayuda de expertos (peritos) en diferentes temas para investigar mejor un caso. Para eso, buscará hacer acuerdos con distintas autoridades que tengan estos servicios especializados. Así, si necesitan a un especialista en algo como ingeniería o medicina, pueden conseguirlo fácilmente. Esto sirve para que la investigación sea más completa y justa.

Texto oficial

ARTÍCULO 115.- La Comisión podrá, en sus actuaciones auxiliarse de la intervención de peritos en las diversas materias que se requieran para la integración del caso. Al efecto, se procurará establecer convenios de colaboración con las diversas autoridades que puedan prestar estos servicios especializados.

Ver texto oficial del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 25) ↗

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