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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_421/14
Ley
REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
14

Artículo 14 del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión tendrá el personal, las oficinas y los recursos que necesite para hacer bien su trabajo, tal como lo piden la Ley y este Reglamento. Esto significa que el gobierno le dará todo lo indispensable para que pueda cumplir con sus funciones. Básicamente, se asegura de que tenga las herramientas humanas y materiales para operar sin problemas. Así, los ciudadanos podemos confiar en que va a poder realizar su labor de manera eficiente.

Texto oficial

ARTÍCULO 14.- La Comisión contará con la estructura necesaria para desarrollar las funciones y los objetivos que la Ley y este Reglamento señalen.

Ver texto oficial del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 2) ↗

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