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Artículo 78 del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 78 dice que, en esta ley y su reglamento, cuando hablen de días para hacer algo (como entregar un documento), se refieren a días hábiles, o sea, de lunes a viernes sin contar festivos. Solo si el texto dice claramente "días naturales" entonces se toman todos los días del calendario, incluidos sábados, domingos y días feriados.

Texto oficial

ARTÍCULO 78. Los términos y los plazos que se mencionan en la Ley y en este Reglamento se entenderán como días hábiles, salvo que expresamente se señale que deban ser naturales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.