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Artículo 19 del REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si las oficinas del gobierno no tienen espacios adaptados para personas con discapacidad, los empleados públicos tienen que ayudar de inmediato a que puedan entrar al lugar. También deben dar todas las facilidades para que hagan sus trámites, como mover las cosas o buscar alternativas para que no tengan problemas.

Texto oficial

Artículo 19. Cuando las instalaciones de oficinas públicas carezcan de espacios accesibles y adecuados para las personas con discapacidad, las y los servidores públicos brindarán, de manera inmediata, el apoyo necesario para permitir el acceso a sus instalaciones, así como las facilidades para la realización de los trámites que requieran.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.