Artículo 115 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno (dependencias, alcaldías o empresas públicas) firma un contrato o hace algún trámite, puede pedir una fianza como garantía. Esa fianza solo puede ser emitida por una empresa de fianzas que esté autorizada oficialmente, según lo que marca la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas. Esto asegura que la empresa sí pueda responder si algo sale mal. En pocas palabras, no cualquier persona o negocio puede dar la fianza, solo las compañías que tengan permiso del gobierno para hacerlo.
Texto oficial
Artículo 115.- Las garantías que mediante fianza se constituyan a favor de las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades, por actos y contratos que éstos celebren deberán ser otorgadas por compañía afianzadora autorizada en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.