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Artículo 116 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás participando en un proceso para un contrato con el gobierno, como una dependencia, alcaldía o entidad pública, y te piden una fianza (un tipo de garantía), esa fianza debe hacerse a nombre de la Secretaría, que es la dependencia principal. Esto aplica tanto para asegurar que participes correctamente en el proceso como para cumplir con lo que prometes en el contrato. En pocas palabras, el dinero o la garantía no se dan a cualquier oficina, sino directamente a la Secretaría correspondiente.

Texto oficial

Artículo 116.- Cuando las fianzas se otorguen en procedimientos y celebración de contratos para garantizar la participación y cumplimiento de los compromisos adquiridos ante las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades deberán ser a favor de la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.