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Artículo 143 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia encargada de las finanzas) va a decir cómo deben llevar sus libros de cuentas las oficinas del gobierno, como las alcaldías y otras áreas. Ellos deciden el formato y las reglas para que todo esté ordenado y se puedan sumar los gastos e ingresos de todas partes. Además, la Secretaría puede revisar cómo funcionan los sistemas de contabilidad y dar permiso para cambiarlos o hacerlos más simples.

Texto oficial

Artículo 143.- La Secretaría girará las instrucciones sobre la forma y términos en que las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades, deben llevar sus registros auxiliares y cuentas para fines contables y de consolidación, en términos de la normatividad aplicable. Asimismo, podrá examinar el funcionamiento de los sistemas y procedimientos de contabilidad y autorizará su modificación y simplificación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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