Artículo 143 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia encargada de las finanzas) va a decir cómo deben llevar sus libros de cuentas las oficinas del gobierno, como las alcaldías y otras áreas. Ellos deciden el formato y las reglas para que todo esté ordenado y se puedan sumar los gastos e ingresos de todas partes. Además, la Secretaría puede revisar cómo funcionan los sistemas de contabilidad y dar permiso para cambiarlos o hacerlos más simples.
Texto oficial
Artículo 143.- La Secretaría girará las instrucciones sobre la forma y términos en que las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades, deben llevar sus registros auxiliares y cuentas para fines contables y de consolidación, en términos de la normatividad aplicable. Asimismo, podrá examinar el funcionamiento de los sistemas y procedimientos de contabilidad y autorizará su modificación y simplificación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.