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Artículo 144 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las oficinas del gobierno, como dependencias, alcaldías y empresas estatales, tienen que llevar registros extras para controlar los movimientos de cada cuenta de sus estados financieros. Estos registros sirven para que sepan exactamente cuánto dinero hay en cada parte de su presupuesto. Piensa en ellos como una "libreta de apuntes" donde anotan cada gasto o ingreso por separado. Así, pueden tener un mejor control y entender cómo van las finanzas en detalle. Básicamente, es llevar una contabilidad más ordenada y clara.

Texto oficial

Artículo 144.- Las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades deberán llevar registros auxiliares que permitan el control y conocimiento de los distintos saldos integrantes de cada cuenta de estados financieros o resultados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.