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Artículo 147 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a llevar un control detallado de todo el dinero que maneja, ya sea que lo administren directamente las dependencias, órganos desconcentrados o alcaldías, o que esté guardado en la propia Secretaría. Para eso, va a usar cuentas específicas, como si fueran apartados distintos, donde anotará cada movimiento de esos fondos. Esto sirve para que quede claro cómo y dónde se usa el dinero público.

Texto oficial

Artículo 147.- La Secretaría registrará en cuentas específicas los movimientos de sus fondos asignados, tanto los administrados por las propias dependencias, órganos desconcentrados y alcaldías, como los radicados en la Secretaría. Capítulo II De la Lista de Cuentas y Contabilización de Operaciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

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