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Artículo 150 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada oficina del gobierno (como dependencias, alcaldías o entidades) tiene la obligación de separar y ordenar sus propios datos internos de la forma que más les sirva. Esto lo hacen para poder tomar decisiones administrativas más acertadas y para vigilar cómo se están cumpliendo las acciones que tienen planeadas. Cada una lo hace según lo que necesite para su trabajo diario.

Texto oficial

Artículo 150.- Será responsabilidad de las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades la desagregación de registros complementarios que permitan el suministro de información interna para la toma de decisiones administrativas y para el control en la ejecución de las acciones, de acuerdo con sus necesidades específicas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.