Artículo 58 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno que manejan dinero público están obligadas a hacer caso a las recomendaciones que salen de los reportes y evaluaciones sobre su trabajo. Para cumplir con eso, deben seguir un procedimiento llamado "Mecanismo para Seguimiento a los Aspectos Susceptibles de Mejora", que es una guía creada por la Secretaría (que es como la jefatura). Básicamente, si les dicen que algo puede mejorar, tienen que demostrar que lo están arreglando paso a paso.
Texto oficial
Artículo 58.- Las Unidades Responsables del Gasto deberán dar atención a las recomendaciones derivadas de los informes y evaluaciones del desempeño, para ello deberán apegarse al Mecanismo para Seguimiento a los Aspectos susceptibles de Mejora emitidos por la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.