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Artículo 98 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a pagar las Cuentas por Liquidar Certificadas (que son como facturas ya registradas y aprobadas) que estén en el Sistema, y ese pago lo hará a través de la Dirección General de Administración Financiera. Es decir, el dinero sale de una oficina especial encargada de manejar los recursos financieros.

Texto oficial

Artículo 98.- El pago de las Cuentas por Liquidar Certificadas que se hayan registrado en el Sistema, se realizará por la Secretaría por conducto de la Dirección General de Administración Financiera.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

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