Artículo 98 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a pagar las Cuentas por Liquidar Certificadas (que son como facturas ya registradas y aprobadas) que estén en el Sistema, y ese pago lo hará a través de la Dirección General de Administración Financiera. Es decir, el dinero sale de una oficina especial encargada de manejar los recursos financieros.
Texto oficial
Artículo 98.- El pago de las Cuentas por Liquidar Certificadas que se hayan registrado en el Sistema, se realizará por la Secretaría por conducto de la Dirección General de Administración Financiera.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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