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Artículo 99 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Administración Financiera va a recibir las facturas o cuentas que ya estén validadas por el sistema para poder pagarlas. Ella armará un plan de pagos según el dinero que tenga disponible en ese momento. O sea, te pagan cuando haya lana, no antes.

Texto oficial

Artículo 99.- La Dirección General de Administración Financiera recibirá las Cuentas por Liquidar Certificadas por el Sistema para su pago correspondiente, quien conformará su programa de pagos, dependiendo de la disponibilidad financiera.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.