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Artículo 32 del REGLAMENTO PARA REGULAR LOS VEHÍCULOS DE USO COMO AMBULANCIA QUE CIRCULAN EN LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO DEL PERSONAL TÉCNICO QUE PRESTA SUS SERVICIOS EN LA MATERIA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para presentar una queja o denuncia, es obligatorio dar los datos que ayuden a identificar la ambulancia involucrada. Debes proporcionar la información que tengas, como las placas, el nombre de la empresa o institución a la que pertenece, y el nombre del técnico o personal que te atendió. También es recomendable (pero no obligatorio) que des tu nombre y dirección como denunciante. En pocas palabras, entre más datos tengas de la ambulancia y quién la manejaba, mejor podrán investigar tu queja.

Texto oficial

Artículo 32. En la presentación de la denuncia será indispensable señalar los datos que permitan identificar la ambulancia de que se trate, proporcionando los datos con los que se cuente, como la placa de matrícula, nombre completo y/o compañía o dependencia a la que pertenece, el nombre del personal técnico de atención prehospitalaria y, de preferencia, el nombre y domicilio de la persona denunciante.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.