Artículo 110 de la LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno de la Ciudad de México tiene que ir quitando poco a poco todo lo que les impida a los grupos que más necesitan apoyo (como personas con discapacidad, adultos mayores, indígenas, etc.) ejercer sus derechos y ser incluidos en la sociedad. Para lograrlo, no los pueden criminalizar, reprimir, encerrar o molestar por su forma de vida, gustos, religión o ideas políticas. Además, van a crear cursos de capacitación para ayudarles a conseguir empleo, y todas las obras y políticas públicas deben diseñarse para que todo mundo pueda usarlas sin problemas. También van a hacer campañas contra la discriminación, la exclusión y cualquier tipo de violencia.
Texto oficial
Artículo 110. Las autoridades de la Ciudad de México eliminarán progresivamente las barreras que impiden la realización plena de los derechos de los grupos de atención prioritaria y elevar su inclusión efectiva en la sociedad a través de las siguientes medidas: 1. La no criminalización, represión, reclusión o acoso motivado por su condición, forma de vida, preferencia sexual, preferencia religiosa o participación política; 2. Se establecerán programas de capacitación para promover y facilitar el acceso al empleo, especialmente dirigidos a los grupos de atención prioritaria que así lo requieran; 3. En toda política pública de la Ciudad, se aplicarán las perspectivas transversales previstas en esta Ley; 4. La planeación, desarrollo y ejecución de obras en la Ciudad se realizarán garantizando la accesibilidad y el diseño universal de las mismas; y 5. Realizarán campañas para combatir la discriminación, la exclusión y la violencia en todas sus formas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.