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Ley
LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Artículo
111

Artículo 111 de la LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Tribunal Superior de Justicia y el Tribunal de Justicia Administrativa, ambos de la Ciudad de México, tienen la obligación de cuidar y hacer valer tus derechos humanos en todas las sentencias o decisiones que tomen, siguiendo las reglas que marca esta Ley.

Texto oficial

Artículo 111. Corresponde al Tribunal Superior de Justicia y al Tribunal de Justicia Administrativa, ambos de la Ciudad de México, aplicar y garantizar los derechos humanos en las resoluciones que se emitan de acuerdo con los principios y normatividad establecidos por esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO. (pág. 29) ↗

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