Artículo 32 de la LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las personas tienen derecho a recibir educación sobre salud reproductiva y a conseguir métodos anticonceptivos. También se debe garantizar que, si alguien decide interrumpir su embarazo de manera voluntaria, reciba atención médica segura, de calidad y a buen precio, siempre que la ley lo permita. Además, se reconoce el derecho a tratamientos de fertilización asistida, cuidados durante el embarazo y atención médica respetuosa para la mamá y el bebé. El gobierno tiene la obligación de asegurar que las mujeres y personas que pueden embarazarse accedan a un aborto legal cuando así lo establezca la ley, con servicios de salud efectivos y accesibles. También debe prevenir y castigar que alguien sea esterilizado o reciba anticonceptivos a la fuerza, así como maltratos durante la atención del parto. Se promoverá el parto natural, y nadie podrá ser discriminado por su identidad de género al recibir atención médica. Por último, se implementarán campañas para reducir el embarazo en adolescentes y eliminar por completo el embarazo infantil.
Texto oficial
Artículo 32. Los derechos reproductivos de las personas incluyen la educación en salud reproductiva y acceso a métodos anticonceptivos; prevención del aborto inseguro y atención integral en condiciones seguras, asequibles, accesibles y de calidad, frente a la interrupción voluntaria del embarazo; el acceso universal a técnicas de fertilización asistida; atención prenatal adecuada, prevención de causas de morbilidad y mortalidad de las mujeres y personas gestantes; atención obstétrica humanizada, calificada, institucional, asequibles, accesibles y de calidad; así como los cuidados perinatales integrales que consideren las necesidades de las mujeres, los niños, las niñas, adolescentes y las familias. El Gobierno garantizará el derecho de las mujeres y personas gestantes a la interrupción legal del embarazo de conformidad con la legislación en la materia, así como la asistencia médica efectiva y los servicios de salud, asequibles, accesibles y de calidad para ejercer este derecho, adecuándose a los principios de progresividad de los derechos a la salud. Las autoridades adoptarán medidas para prevenir, investigar, sancionar y reparar la esterilización involuntaria o cualquier otro tipo de método anticonceptivo forzado, así como la violencia obstétrica. El Gobierno, a través de las instancias correspondientes, promoverá el parto natural. Asimismo, vigilará que las personas sin importar su identidad de género reciban el más alto nivel de cuidados en su salud, incluyendo la atención digna y respetuosa. No se podrá negar por motivo alguno la atención médica a las mujeres y personas gestantes. También implementará una política pública de información y abatimiento del embarazo entre adolescentes y de erradicación del embarazo infantil.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.