Artículo 45 de la LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El derecho a la educación es un derecho básico de todas las personas para crecer, desarrollarse por completo y ayudar a construir una sociedad más justa, equitativa y democrática. Toda enseñanza, ya sea en escuelas públicas o privadas, debe enfocarse en formar una sociedad sustentable, respetar la dignidad de las personas y capacitar a todos para participar en una sociedad libre y democrática. El gobierno debe garantizar que los servicios educativos estén disponibles, sean accesibles para todos y se adapten a las necesidades de cada quien, sin importar su edad o capacidades. También debe asegurar que las personas con discapacidad o con problemas de aprendizaje reciban educación desde que nacen hasta que terminan su formación, en todos los ámbitos de su vida. Para lograrlo, se necesitan espacios adecuados (no solo aulas), recursos suficientes y la colaboración de las autoridades, maestros, estudiantes, familias y la sociedad en general.
Texto oficial
Artículo 45. El derecho a la educación es un derecho fundamental de las personas para su formación y desarrollo progresivo e integral, así como para la construcción de una sociedad más justa, equitativa, incluyente y democrática, y un medio indispensable para la realización de derechos humanos. Toda la enseñanza, ya sea pública o privada, sistemática o asistemática, debe orientarse al desarrollo de una sociedad sustentable, al sentido de la dignidad de la personalidad humana, a capacitar a todas las personas para participar efectivamente en el desarrollo de una sociedad democrática y libre, y a favorecer la comprensión entre todos los grupos étnicos, y entre las naciones y los grupos raciales y religiosos. La prestación de servicios educativos en todas sus formas y niveles debe garantizarse en condiciones de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad, de acuerdo con los Instrumentos del sistema de Naciones Unidas, del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y de los mecanismos de las convenciones de las que el Estado mexicano sea parte. El derecho a la educación, al conocimiento y al aprendizaje continuo protege a las personas a lo largo de su vida, por lo que se procurará el acceso a una formación incluyente adecuada a su edad, capacidades y necesidades específicas, libre de prejuicios, estereotipos y estigmas, por lo cual, el gobierno deberá impulsar políticas públicas y acciones afirmativas que permitan la nivelación a mediano y largo plazo, hasta el máximo de recursos disponibles como establece la Constitución Local. El Gobierno de la Ciudad y el Congreso Local garantizarán el derecho a la educación de la población en condición de discapacidad, incluyendo la psicosocial, aptitudes sobresalientes o los que, por alguna circunstancia, enfrente problemas para el pleno des arrollo de sus capacidades físicas, intelectuales y/o afectivas y que influyen en su aprendizaje, desde el nacimiento hasta la conclusión de su trayecto formativo en los ámbitos familiar, escolar, laboral, de salud y social. Para garantizar el derecho a la educación será obligatorio contar con los espacios e infraestructura adecuada, el cual no podrá circunscribirse a las aulas y pudiendo ampliarse a cualquier espacio público o institución. El Gobierno, el Congreso y las Alcaldías deberán generar políticas públicas y destinar los recursos necesarios para lograr una cobertura de educación digna, asignando hasta el máximo de los recursos disponibles para lograr la progresividad de la cobertura y el derecho, el cual implica atención familiar y su integración social. La educación es un proceso colectivo, por lo que la formulación de polític as en esta materia deberá contemplar la corresponsabilidad entre las autoridades de los distintos órdenes de gobierno, el personal docente, el estudiantado, las familias y la sociedad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.