Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 59 de la LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El derecho a tener una casa digna se define con base en lo que dicen los tratados internacionales de derechos humanos y la Constitución local. Los programas de vivienda deben seguir esas reglas. Se va a apoyar que puedas ser dueño de tu casa, rentarla, o tener otros tipos de vivienda, siempre respetando los derechos humanos. Además, se harán más casas para personas con bajos ingresos y rentas accesibles. Para niños, jóvenes, personas con discapacidad y adultos mayores que estén en situación de calle, el gobierno tendrá albergues donde puedan quedarse sin ser discriminados.

Texto oficial

Artículo 59. El derecho a una vivienda adecuada se entenderá de acuerdo con los contenidos esenciales definidos en los instrumentos del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas, del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y de los mecanismos de las convenciones de las que el Estado mexicano sea parte y del artículo 9, apartado E de la Constitución Local. Los programas y las acciones para garantizar el derecho a la vivienda se apegarán al artículo 16.E. Se reconocerá y fomentará la propiedad cooperativa, la vivienda en arrendamiento y otras formas de tenencia, y; su regulación en consonancia con los derechos humanos. Se impulsarán políticas destinadas a aumentar la oferta de vivienda para personas de bajos ingresos y el alquiler social. El derecho de propiedad de una vivienda se ejercerá de acuerdo con las leyes en la materia. Para el caso de las personas en abandono social, primordialmente niñas, niños y personas jóvenes, con discapacidad y mayores, el Gobierno contará con albergues dignos que cubran las necesidades inmediatas de alojamiento sin discriminación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.