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Artículo 8 de la LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La dignidad humana es lo más importante y es la base de todos tus derechos, según la Constitución de tu estado. Esto significa que cada persona es valiosa por sí misma y no puede ser usada como un simple instrumento para que otros (como personas, autoridades o empresas) logren sus propios intereses. Cuando se aplican o interpretan las leyes de derechos humanos, siempre se debe elegir la opción que más te beneficie como persona. Además, las autoridades deben entender las leyes de una manera que las haga compatibles con los derechos humanos, nunca al revés.

Texto oficial

Artículo 8. En términos de la Constitución Local, la dignidad humana es principio rector supremo y sustento de los derechos humanos. Toda persona es un fin en sí misma. Ninguna persona es un medio de individuos, autoridades o corporaciones, por lo que en la aplicación e interpretación de las normas de derechos humanos prevalecerá el principio pro persona e interpretación conforme.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.