Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_462/10
Ley
LEY DE TRANSICIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA A LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Artículo
10

Artículo 10 de la LEY DE TRANSICIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA A LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión es un grupo de personas que se encarga de planear y dirigir el cambio de la Procuraduría a la Fiscalía. Este grupo puede tomar sus propias decisiones sin que nadie las controle, pero depende de la oficina del Procurador o Procuradora para funcionar. La Comisión la forman 7 personas que elige el Congreso con el voto de al menos dos de cada tres diputados. De entre ellas, la mayoría elige a un Coordinador o Coordinadora para liderar el grupo, y también habrá un Secretario Ejecutivo que apoye el trabajo.

Texto oficial

Artículo 10. Funciones de la Comisión La Comisión es un órgano colegiado encargado de planear y conducir la transición de la Procuraduría a Fiscalía, que goza de independencia en sus decisiones y para la consecución de sus fines, estará adscrita a la oficina de la o el Procurador. La Comisión se integra por 7 personas nombradas por el voto de las 2 terceras partes del Congreso. Contará con una o un Coordinador que será designado por la mayoría de los integrantes de la Comisión, asimismo contará con un Secretario Ejecutivo.

Ver texto oficial de la LEY DE TRANSICIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA A LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 10 de la LEY DE TRANSICIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA A LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO., explicado | Precedente Legal