Artículo 139 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes derecho a usar una fosa, gaveta, cripta o nicho en un panteón, debes renovar ese permiso cada 7 años. Tienes que ir a la oficina del cementerio a pedir el refrendo (que es como una actualización del permiso) durante los primeros 30 días después de que se cumplan los 7 años. Si no lo haces en ese plazo, pierdes automáticamente el derecho a usar ese espacio.
Texto oficial
Artículo 139. La persona titular del derecho de uso sobre una fosa, gaveta, cripta familiar o nicho, deberá presentar, ante la oficina de cementerios correspondiente, la solicitud de refrendo cada siete años, durante los primeros treinta días siguientes al vencimiento del período anterior. En este caso se extingue el derecho de uso sobre la fosa, gaveta, cripta familiar o nicho por la omisión del refrendo dentro del plazo establecido.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.