Artículo 148 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La autoridad puede revisar que los servicios funerarios (como funerarias, crematorios o velatorios) cumplan estrictamente con todas las leyes federales y locales. Es como cuando van a inspeccionar un negocio para asegurarse de que todo esté en orden. Si algo no está bien, pueden aplicar las reglas correspondientes para que se corrija. Esto aplica tanto si la funeraria trabaja a nivel nacional como si solo opera en tu estado o ciudad.
Texto oficial
Artículo 148. Los servicios funerarios podrán ser verificados por las autoridades competentes para vigilar el estricto cumplimiento a la normativa vigente ya sea en materia federal o local.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.