Artículo 20 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Administración va a llevar un registro de todas las personas que trabajan en los panteones y crematorios públicos de cada alcaldía. También se va a encargar de controlar los pagos que se hacen por usar estos servicios, como cuando ocupas un espacio en el panteón o pides algún servicio adicional. Esto lo hace junto con la Dirección General y las Alcaldías, para que todo esté bien organizado. En pocas palabras, es como un sistema para saber quién trabaja en los panteones y cuánto dinero entra por sus servicios.
Texto oficial
Artículo 20. La Secretaría de Administración, a través de la Dirección General de Administración de Personal y Desarrollo Administrativo, en coordinación con la Dirección General y las Alcaldías, llevará el control y registro de las personas encargadas y personal adscrito a cementerios civiles y crematorios públicos en cada demarcación territorial, así como el control del pago de aprovechamientos derivados del uso de los cementerios civiles y sus servicios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.