Artículo 31 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien deja de trabajar en la empresa o institución, o si hay cambios con el personal externo (como contratistas), tienes que avisar al Sistema al instante. No puedes esperar días o semanas para hacerlo, debe ser justo cuando pasa. Esto es para que los datos estén siempre al día y no haya confusiones.
Texto oficial
Artículo 31. La baja o cambios del personal y prestadores de servicios externos, deberá actualizarse de manera inmediata en el Sistema.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.