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Artículo 63 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la gente se queja con la alcaldía porque algún servicio público no funciona bien, la alcaldía tiene que avisarle a la Secretaría de Trabajo. Después, esa Secretaría le informará a las empresas externas que dan el servicio sobre las fallas que se reportaron. Así, las autoridades podrán investigar lo que pasó y, si es necesario, castigar a quien no esté haciendo bien su trabajo.

Texto oficial

Artículo 63. La alcaldía informará a la Secretaría de Trabajo las denuncias que reciba por la deficiente prestación de sus servicios; por lo que dicha Dependencia comunicará a los prestadoras de servicios externos las violaciones de que tengan conocimiento, a fin de que se practiquen las investigaciones pertinentes y, en su caso, se impongan las sanciones que procedan.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.