Artículo 11 de la LEY DE COMEDORES SOCIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de cómo se organizan las personas que operan los comedores comunitarios o populares en la Ciudad de México. Los Comités de Administración y los Grupos Solidarios, que son los equipos encargados, deben trabajar en equipo sin que nadie tenga más poder que otro, compartiendo tareas por igual. Entre sus obligaciones están: usar los apoyos del gobierno de manera honesta y eficiente, dar comida a quien la pida a cambio de una cuota, cuidar el equipo, llevar un registro de las personas que atienden, y asegurarse de que las raciones sean saludables. También deben seguir las reglas del programa y reportar cómo usaron los recursos según lo que indiquen los manuales de operación.
Texto oficial
Artículo 11.- Los Comités de Administración y Grupos Solidarios serán integrados con base en lo establecido en el Reglamento y las Reglas de Operación y compartirán de forma igualitaria las responsabilidades y tareas para la operación del comedor comunitario o un comedor popular, sin que se establezcan entre ellos relaciones de subordinación, cumpliendo equitativamente con las siguientes obligaciones: I. Operar de forma eficiente y transparente los insumos o apoyos que otorga el Gobierno de la Ciudad de México; II. Proporcionar a quien lo solicite una ración alimentaria previa entrega de la Cuota de Recuperación; III. Utilizar y conservar en buen estado el equipamiento otorgado por el Gobierno de la Ciudad de México; IV. Respetar la Cuota de Recuperación establecida en el Reglamento; V. Respetar la imagen institucional de los comedores establecida en el Reglamento; VI. Llevar un registro diario de las personas usuarias y beneficiarias del programa de comedores y entregarlo de acuerdo a lo establecido en el Reglamento o Reglas de Operación correspondiente; VII. Cumplir con las recomendaciones hechas por las autoridades en materia de protección civil; VIII. Cumplir con lo establecido en el Reglamento y las Reglas de Operación correspondientes a cada comedor; IX. Cuidar que las raciones alimenticias que se proporcionen sean sanas, nutritivas y balanceadas; X. La persona responsable administradora de la operación de un comedor comunitario, deberá informar periódicamente, conforme al Reglamento y Reglas de Operación, el destino de los recursos otorgados, y XI. La presidencia del Grupo Solidario deberá informar periódicamente, conforme al Reglamento y Reglas de Operación, el destino de los recursos otorgados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.