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Artículo 127 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En los panteones públicos de la Ciudad de México, puedes usar una fosa por diferentes tiempos. La opción mínima te da derecho a usarla por 7 años, después el gobierno recupera el terreno. La opción máxima también es por 7 años, pero la puedes renovar dos veces más (14 años en total), y al final también vuelve al gobierno. Hay una opción prorrogable para criptas familiares o nichos, que se renueva cada 7 años sin límite de tiempo. Cuando termines el plazo, puedes pedir que saquen los restos si ya pasó el tiempo indicado.

Texto oficial

Artículo 127. En los cementerios civiles la temporalidad mínima confiere el derecho de uso sobre fosas se proporcionará mediante los sistemas de temporalidades mínima y máxima, de conformidad con las siguientes características: I. Mínima: confiere el derecho de uso sobre una fosa durante siete años, al término de los cuales volverá al dominio pleno del Gobierno de la Ciudad de México; II. Máxima: confiere el derecho de uso sobre una fosa durante un plazo de siete años, refrendable por dos períodos iguales al final de los cuales volverá al dominio pleno del Gobierno de la Ciudad de México; III. Prorrogable: confiere el derecho de uso sobre una cripta familiar o un nicho durante siete años y refrendable cada siete años por tiempo indefinido, de conformidad con lo establecido en el Manual operativo. En el caso de las temporalidades mínimas y máximas la persona titular podrá solicitar la exhumación de los restos humanos cumplidos una vez que hayan transcurrido los plazos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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