Artículo 154 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 154 dice que el gobierno de la Ciudad de México dará servicios funerarios gratis, pero solo en los casos que ellos mismos decidan. Esto es para ayudar rápido y bien a las personas que más lo necesitan, como los grupos de atención prioritaria (por ejemplo, adultos mayores o personas con discapacidad) que no tengan dinero para pagar un funeral. Si no tienes recursos y cumples con las condiciones que ponga el gobierno, puedes recibir este apoyo sin costo.
Texto oficial
Artículo 154. El servicio funerario gratuito será proporcionado en casos especificados por el Gobierno de la Ciudad de México, con la finalidad de brindar atención pronta y de calidad a las personas de grupos de atención prioritaria que carezcan de recursos para el pago de los mismos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.