Artículo 163 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te agarran tapando o moviendo una cámara de vigilancia para que no grabe, te van a castigar según las reglas que aplican en ese caso. No importa si bloqueas la lente, la desvías o la cubres con algo: si te ven haciéndolo, te pueden multar o meter en problemas legales. La ley no dice exactamente cuál será el castigo porque depende de otras normas, pero sí te asegura que vas a tener consecuencias.
Texto oficial
Artículo 163. Toda persona que sea sorprendida manipulando u obstruyendo la visión de las cámaras de vigilancia, será sancionada de conformidad con la normativa aplicable.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.