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Artículo 163 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te agarran tapando o moviendo una cámara de vigilancia para que no grabe, te van a castigar según las reglas que aplican en ese caso. No importa si bloqueas la lente, la desvías o la cubres con algo: si te ven haciéndolo, te pueden multar o meter en problemas legales. La ley no dice exactamente cuál será el castigo porque depende de otras normas, pero sí te asegura que vas a tener consecuencias.

Texto oficial

Artículo 163. Toda persona que sea sorprendida manipulando u obstruyendo la visión de las cámaras de vigilancia, será sancionada de conformidad con la normativa aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.