Artículo 31 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una persona deja de trabajar en la empresa (ya sea que la despidan, renuncie o se cambie), o si un proveedor externo ya no presta sus servicios, tienes que actualizar esa información en el Sistema de inmediato, sin esperar. El "Sistema" es el lugar oficial donde se registran los datos de todo el personal. No vale la pena dejar para después este trámite, porque la ley exige que se haga al momento. Así siempre se tiene la información correcta y al día.
Texto oficial
Artículo 31. La baja o cambios del personal y prestadores de servicios externos, deberá actualizarse de manera inmediata en el Sistema.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.