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Artículo 44 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión va a decidir cómo y cuándo tomar acuerdos sobre su trabajo, pero para eso primero debe crear unas reglas internas llamadas "Lineamientos de Operación". Esas reglas las va a aprobar la propia Comisión, y ahí se van a definir todos los pasos para que funcione bien. En otras palabras, la misma Comisión se pone sus propias reglas para operar y tomar decisiones.

Texto oficial

Artículo 44. La toma de acuerdos y demás situaciones intrínsecas al objeto de la Comisión se deberá prever mediante los Lineamientos de Operación que para tal efecto apruebe la misma. CAPÍTULO VI PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE CEMENTERIOS EN CUALQUIERA DE SUS MODALIDADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

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