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Artículo 77 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pones una lápida o letrero en una fosa sin permiso, o si no está como dicen los manuales del panteón, la administración del cementerio la va a quitar y guardar. Primero van a registrar dónde estaba y qué datos traía, y te avisarán antes de moverla, pero no se hacen responsables por ningún daño. Si no tienen tus datos para notificarte, pegarán el aviso en un lugar visible del panteón, como un tablero de anuncios.

Texto oficial

Artículo 77. Si se colocare un señalamiento en una fosa sin el permiso correspondiente o no estuviere acorde con lo establecido en los manuales de operación, previo registro de la ubicación y de los generales que contenga, será removido y resguardado por la Administración del cementerio, previo aviso a la persona interesada, sin responsabilidad para la administración del cementerio que se trate, ni para la Oficina de Panteones que corresponde a cada demarcación territorial, ni la administración del cementerio concesionado. Si no se cuenta con información de las personas interesadas, las notificaciones se realizarán mediante estrados de los cementerios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.