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Artículo 7 del CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 7 dice que la Fiscalía General debe guiarse por estos valores: poner las necesidades de la sociedad por encima de beneficios personales, tratar a todas las personas con respeto y sin ostentación, atender a todos por igual sin importar su origen, género, religión, preferencias u otras características. También debe garantizar que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades en servicios, programas y empleos, y cuidar el medio ambiente y el patrimonio cultural. Además, fomenta trabajar en equipo y ser un ejemplo siguiendo las reglas de ética y la ley.

Texto oficial

Artículo 7. Los valores del servicio público de la Fiscalía General son los siguientes: I. Interés Público: Actuar, buscando en todo momento, la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios particulares, ajenos a la satisfacción colectiva; II. Respeto: Conducirse con austeridad y sin ostentación, y otorgar un trato digno y cordial a las personas usuarias en general y a sus compañeros y compañeras de trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que propician el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público; III. Igualdad y No Discriminación: Prestar sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o en cualquier otro motivo; IV. Equidad de Género: Garantizar, según en el ámbito competencial, que mujeres y hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; a los programas y beneficios institucionales, y a los empleos, cargos y comisiones gubernamentales; V. Entorno Cultural y Ecológico: Evitar, en desarrollo de sus actividades, la afectación del patrimonio cultural de cualquier nación y de los ecosistemas del planeta; asumen una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente, y en el ejercicio de sus funciones y conforme a sus atribuciones, promueven en la sociedad la protección y conservación de la cultura y el medio ambiente, al ser el principal legado para las generaciones futuras; VI. Cooperación: Colaborar entre sí y propiciar el trabajo en equipo para alcanzar objetivos comunes previstos en los planes y programas Institucionales generando así una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad y confianza de la ciudadanía en la Fiscalía General; y VII. Liderazgo: Ser guía, ejemplo y promover el Código de Ética y las Reglas de Integridad; fomentar y aplicar, en el desempeño de sus funciones, los principios que prevé la Constitución Política de la Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ley de Responsabilidades, así como aquellos valores que por su importancia son intrínsecos a la función pública. CAPÍTULO IV DE LOS COMPROMISOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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