Artículo 147 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que una reunión de una comisión sea válida, debe estar presente más de la mitad de sus miembros. Si se juntan varias comisiones, también se necesita que más de la mitad de los miembros de cada comisión estén ahí. Si después de dos citas seguidas no se logra juntar a suficientes personas, los presidentes de esas comisiones deben avisarle a la Junta para que les ayude a resolver el problema.
Texto oficial
Artículo 147 1. Para que una reunión de comisión sea válida se requiere la asistencia de la mayoría absoluta de sus integrantes. 2. En los casos de reuniones de comisiones unidas, el quórum se forma con la asistencia de la mayoría absoluta de los integrantes de cada una de ellas. 3. Cuando no se forma quórum después de dos convocatorias sucesivas a reunión, sus presidentes lo hacen del conocimiento de la Junta para que coadyuve a la solución correspondiente. CAPITULO SEPTIMO DEL ORDEN DE LOS ASUNTOS, DE LAS DISCUSIONES Y LAS VOTACIONES
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