Artículo 153 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las comisiones del Senado y de la Cámara de Diputados pueden juntarse para platicar y discutir sobre propuestas de leyes o decretos que hay que aprobar más rápido. Esto lo hacen después de consultarlo con los jefes del Senado. La idea es que, al trabajar juntos, se apuren los trámites. Las "comisiones" son grupos de senadores o diputados que se encargan de temas específicos, como educación o salud.
Texto oficial
Artículo 153 1. Las comisiones, en consulta con los órganos directivos del Senado, pueden trabajar en conferencia con las correspondientes de la Cámara de Diputados para deliberar sobre iniciativas y proyectos de ley o decreto u otros asuntos, cuya tramitación se considera necesario agilizar.
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