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Artículo 192 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando las comisiones ya terminan de revisar y aprobar un proyecto, lo mandan al Presidente. Luego él lo pone en la lista de temas a tratar, lo publica en la Gaceta (un boletín oficial), y después se discute y se vota frente a todos los diputados. Esto pasa sin importar si el proyecto fue aprobado o rechazado en las comisiones.

Texto oficial

Artículo 192 1. Una vez aprobado en comisiones todo dictamen, independientemente del sentido en que se emita, se remite al Presidente para su inscripción en el Orden del Día, publicación en la Gaceta y posterior debate y votación en el Pleno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 49) ↗

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