Artículo 192 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando las comisiones ya terminan de revisar y aprobar un proyecto, lo mandan al Presidente. Luego él lo pone en la lista de temas a tratar, lo publica en la Gaceta (un boletín oficial), y después se discute y se vota frente a todos los diputados. Esto pasa sin importar si el proyecto fue aprobado o rechazado en las comisiones.
Texto oficial
Artículo 192 1. Una vez aprobado en comisiones todo dictamen, independientemente del sentido en que se emita, se remite al Presidente para su inscripción en el Orden del Día, publicación en la Gaceta y posterior debate y votación en el Pleno.
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