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Artículo 226 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Senado ya revisó y aprobó la ley que le mandó la otra Cámara (la de Diputados). Cuando eso pasa, anotan la ley en su Libro de Leyes, que es como su registro oficial. Ese paso es parte del proceso para que la ley sea válida.

Texto oficial

Artículo 226 1. Una vez que el Senado aprueba una ley o decreto en condición de Cámara revisora, se registra en su Libro de Leyes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 59) ↗

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