Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 227 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Senado tiene dos trabajos diferentes cuando se trata de hacer leyes. Cuando la Cámara de Diputados ya aprobó un proyecto de ley, el Senado lo revisa y si está de acuerdo, lo manda al Presidente para que lo publique. Si el Senado es el que inventó la ley primero y los Diputados le hacen cambios, el Senado puede aceptar esos cambios y mandar todo al Presidente. Pero si el Senado no está de acuerdo con los cambios que hicieron los Diputados, entonces se aplica una regla especial donde el proyecto puede regresar a los Diputados o detenerse, según lo que diga la Constitución.

Texto oficial

Artículo 227 1. Cuando el Senado funge como Cámara revisora, una vez aprobado en sus términos un proyecto de ley o decreto que le sea enviado por la Cámara de Diputados conforme a lo dispuesto en el artículo 72, inciso a), de la Constitución, lo remite al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 2. Cuando el Senado funge como Cámara de origen, en términos de lo que dispone el artículo 72, inciso g), de la Constitución y aprueba las modificaciones o reformas hechas a un proyecto por la Cámara de Diputados como Cámara revisora, remite todo el proyecto al Ejecutivo Federal para efectos del inciso a) del citado artículo 72 constitucional. 3. Si el Senado, como Cámara de origen, no aprueba las reformas o modificaciones hechas por la Cámara de Diputados en su condición de Cámara revisora, se está a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 72 constitucional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 59) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.