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Artículo 280 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo explica cómo el Senado de México se relaciona con el Congreso de otros países y con grupos internacionales. También habla de que el Senado recibe visitas de jefes de gobierno, embajadores o representantes extranjeros, y que sus miembros pueden hacer viajes oficiales al extranjero. Todo esto se hace siguiendo las reglas de la política exterior de México. En resumen, es la forma en que el Senado hace "amistad" y trabaja con otros países.

Texto oficial

Artículo 280 1. La diplomacia parlamentaria es la actividad desarrollada por el Senado, por sí mismo o como parte del Congreso de la Unión, en sus relaciones con parlamentos, congresos, cámaras o asambleas legislativas de carácter nacional de otros países, y con las organizaciones internacionales que los agrupan. 2. De manera unicameral o como parte del Congreso del Unión, el Senado y sus órganos participan en el ámbito de las relaciones internacionales al recibir visitas de delegaciones parlamentarias, de jefes de estado o de gobierno, de agentes diplomáticos, o autoridades de otros países y de representantes de organismos internacionales. También constituyen relaciones internacionales del Senado las visitas oficiales de sus integrantes al extranjero, como parte de delegaciones o representaciones integradas al efecto. 3. La diplomacia parlamentaria y las relaciones internacionales que realiza el Senado se apegan a los principios normativos de la política exterior mexicana.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 72) ↗

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