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Artículo 300 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Senado tiene varias oficinas para hacer su trabajo: las secretarías generales de Servicios Parlamentarios y Administrativos, la Tesorería y la Contraloría Interna. Los jefes de estas áreas son elegidos y pueden ser quitados por todos los senadores (el Pleno), a sugerencia de la Mesa Directiva (que es como la mesa de mando). También pueden crearse otras oficinas, como las que se encargan de asuntos internacionales y comunicación social, y sus jefes los nombra y remueve la Mesa Directiva. El Instituto Belisario Domínguez hace investigaciones sobre leyes y temas legales. Por último, el Centro de Estudios Gilberto Bosques estudia política internacional y ayuda a las comisiones y senadores en temas de relaciones exteriores y diplomacia.

Texto oficial

Artículo 300 1. En los términos de la Ley, para el debido cumplimiento de sus funciones parlamentarias y su administración, el Senado cuenta con las secretarías generales de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos, la Tesorería y la Contraloría Interna, cuyos titulares son designados y removidos por el Pleno a propuesta de la Mesa. 2. El Senado cuenta también con las unidades administrativas que acuerda la Mesa Directiva, las que dependen de ésta, la cual designa y remueve a los titulares conforme a la Ley. Dichas unidades se encargan de apoyar las actividades relativas a la diplomacia parlamentaria y las relaciones internacionales, así como las tareas de comunicación social. Los respectivos acuerdos de la Mesa establecen las bases de organización y funcionamiento de las mismas. 3. Las secretarías generales, la Tesorería, la Contraloría Interna y las unidades a que se refiere este artículo, tendrán las atribuciones que señalan, en su caso, la Ley, este Reglamento, los acuerdos de la Mesa y demás disposiciones aplicables. 4. El Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República tiene a su cargo tareas de investigación jurídica y legislativa 5. El Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques del Senado de la República tendrá como objeto la realización de estudios y el acopio de información sobre temas de política internacional y política exterior de México; así como el prestar apoyo a las comisiones de relaciones exteriores para el desarrollo de sus actividades y el ejercicio de las facultades exclusivas del Senado en materia de política exterior; además de auxiliar a los órganos directivos, comisiones, grupos parlamentarios y senadores que así lo requieran en cuanto a diplomacia parlamentaria y protocolo en el ámbito internacional. Numeral adicionado DOF 20-12-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 77) ↗

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