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Ley
REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA
Artículo
49

Artículo 49 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las sesiones del Senado son de tres tipos: las ordinarias, que son las regulares durante el periodo de trabajo; las extraordinarias, que se hacen fuera de ese periodo para tratar asuntos urgentes; y las solemnes, que son eventos formales y especiales, como cuando visitan líderes de otros países. En pocas palabras, el Senado puede reunirse de manera normal, urgente o ceremonial.

Texto oficial

Artículo 49 1. Las sesiones del Senado tienen el carácter de ordinarias, extraordinarias y solemnes.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA (pág. 14) ↗

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