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Artículo 49 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las sesiones del Senado son de tres tipos: las ordinarias, que son las regulares durante el periodo de trabajo; las extraordinarias, que se hacen fuera de ese periodo para tratar asuntos urgentes; y las solemnes, que son eventos formales y especiales, como cuando visitan líderes de otros países. En pocas palabras, el Senado puede reunirse de manera normal, urgente o ceremonial.

Texto oficial

Artículo 49 1. Las sesiones del Senado tienen el carácter de ordinarias, extraordinarias y solemnes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

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