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Artículo 54 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 54 habla de cuándo se realizan sesiones secretas en el Senado, es decir, juntas a puerta cerrada donde nadie más puede enterarse. Esto pasa en cuatro casos: primero, cuando se acusa a altos funcionarios como ministros o miembros del Banco de México. Segundo, cuando hay faltas graves de disciplina de los senadores. Tercero, cuando el Presidente, la Suprema Corte, la Cámara de Diputados, gobernadores u otros mandan asuntos que por ley deben ser reservados. Y cuarto, cuando la Mesa Directiva del Senado decide que un tema debe tratarse en secreto según las reglas.

Texto oficial

Artículo 54 1. Se presentan en sesión secreta: I. Las acusaciones que se hagan contra los servidores públicos considerados en el Título Cuarto de la Constitución o los miembros de la Junta de Gobierno del Banco de México; II. Los asuntos que por su gravedad o trascendencia plantean al Pleno conjuntamente la Mesa y los grupos parlamentarios en materia de faltas a la disciplina parlamentaria por parte de los senadores; III. Los asuntos que con carácter de reservados en términos de ley dirijan el Ejecutivo Federal, el Poder Judicial Federal, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, los Gobernadores, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y las legislaturas de las entidades federativas, y Fracción reformada DOF 14-03-2017 IV. Aquellos otros asuntos que a juicio de la Mesa deben tener el carácter de reservados conforme a las normas legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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