Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 69 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Orden del Día es como una lista de temas que se van a tratar en una reunión del Congreso. La Mesa Directiva (los jefes de la sesión) es la que hace esa lista con los asuntos que los diputados van a escuchar, discutir o votar. Básicamente, es el guion de lo que pasará en la junta.

Texto oficial

Artículo 69 1. El Orden del Día de una sesión es el listado formulado por la Mesa con los asuntos que se presentan para el conocimiento, trámite o resolución del Pleno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.