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Artículo 79 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si lees o escuchas información sobre ti que es falsa, tienes derecho a pedir que se corrija. Pero la corrección solo puede decir qué parte está mal y por qué, sin agregar insultos ni opiniones. Es como cuando te corrigen un dato: dices "esto que dijeron no es cierto, y aquí están las razones". No puedes aprovechar para echarle tierra al que habló o al medio que lo publicó. La ley solo te deja aclarar los hechos de manera clara y breve.

Texto oficial

Artículo 79 1. La rectificación de hechos se limita exclusivamente a enunciar los que, habiendo sido referidos, se estiman incorrectos y a exponer clara y concisamente las razones que se tienen para ello.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.