Artículo 152 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la policía o alguna autoridad que maneje faltas administrativas no apruebe (ratifique) una detención, tienen que soltar a la persona de inmediato. Después de dejarla libre, deben anotar por escrito que eso pasó y actualizar los datos en el Registro correspondiente. Esto asegura que quede un reporte oficial de que la detención no fue válida y que la persona ya está en libertad.
Texto oficial
Artículo 152. En los casos en que las Instituciones de Seguridad Ciudadana o aquellas que conozcan de faltas administrativas no ratifiquen la detención realizada por la autoridad, inmediatamente después de decretar la libertad de la persona detenida se dejará constancia de ello y realizará la actualización de información en el Registro.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.