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Artículo 152 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la policía o alguna autoridad que maneje faltas administrativas no apruebe (ratifique) una detención, tienen que soltar a la persona de inmediato. Después de dejarla libre, deben anotar por escrito que eso pasó y actualizar los datos en el Registro correspondiente. Esto asegura que quede un reporte oficial de que la detención no fue válida y que la persona ya está en libertad.

Texto oficial

Artículo 152. En los casos en que las Instituciones de Seguridad Ciudadana o aquellas que conozcan de faltas administrativas no ratifiquen la detención realizada por la autoridad, inmediatamente después de decretar la libertad de la persona detenida se dejará constancia de ello y realizará la actualización de información en el Registro.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.